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Preguntas frecuentes
La cuota por contratación del suministro para el año 2023, se establece en base al caudal contratado, según la siguiente tabla:
CAUDAL NOMINAL CONTADOR | CAUDAL PERMANENTE (Q3) | CUOTA |
---|---|---|
Hasta 2,5 m3/hora | Hasta 4,0 m3/hora | 148,93 € |
Hasta 3,5 m3/hora | Hasta 6,3 m3/hora | 186,17 € |
Hasta 6 m3/hora | Hasta 10 m3/hora | 223,40 € |
Hasta 10 m3/hora | Hasta 16 m3/hora | 297,86 € |
A partir de 10 m3/hora | 372,33 € |
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Para aquellos contratos formalizados antes de las 14:00 el servicio de abastecimiento y saneamiento estará disponible en el día hábil siguiente.
El cambio de titularidad es gratuito, siempre y cuando el contrato original no mantenga ninguna deuda pendiente.
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Si tu vivienda tiene agua deberás tramitar el cambio de titularidad del contrato de suministro; para ello deberás rellenar un formulario y presentar la documentación necesaria para acreditar la titularidad.
Te recordamos que dicho cambio será gratuito, siempre que el contrato esté de alta y la vivienda se encuentre al corriente de los pagos.
Si tu vivienda carece de agua deberás solicitar el alta de suministro de la misma; para ello deberás rellenar un formulario y presentar la documentación necesaria para acreditar la titularidad.
La documentación para ambos casos será la siguiente:
- Copia DNI o CIF de la persona contratante.
- Documento de propiedad o alquiler del inmueble a contratar.
- Si se trata de una sociedad, poder de representación y contrato civil de constitución de sociedad (en el caso de tratarse de una sociedad irregular o comunidad de bienes)
- Cédula de habitabilidad sólo en los casos en que en la vivienda no haya existido contrato de suministro en los últimos cinco años
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Puedes consultar toda la información pulsando en el Servicio "Cambio de titularidad".
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Deberás aportar el DNI o CIF de la persona titular del contrato y siempre que sea posible, la lectura del contador, un teléfono de contacto y la dirección de carteo.
Una vez realizada la baja, se liquidarán las cuotas fijas y consumo que quede pendiente desde la última factura periódica hasta el día en el que se formaliza la baja. En caso de que el contador esté ubicado en el interior del inmueble, deberás facilitar el acceso a los técnicos y técnicas de SCPSA a fin de poder retirarlo.
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Sí. En el caso de que debas alguna factura, podemos iniciar un expediente de morosidad que, de persistir la deuda, podría dar lugar al corte de suministro.
Dicho expediente se notifica por medio de una carta. Una vez realizado el corte, para reanudar el suministro deberá pagarse la deuda comunicada más una cuota por reconexión.
Recuerda que existen bonificaciones en las tarifas de agua y residuos para situaciones de especial necesidad económica.
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Hasta la fecha de vencimiento impresa en la misma, que para el caso de facturas de agua es de un mes. A partir de dicha fecha su importe se incrementará mensualmente según el interés legal del dinero.
Recuerda que si tu factura tiene forma de pago domiciliación y quieres realizar el pago de otra manera, deberás realizarlo antes del día 28 ya que en torno a esa fecha realizamos las gestiones de envío al banco.
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Para realizar esta gestión necesitamos la autorización, tanto de la persona titular del contrato, como de la cuenta si fueran diferentes. Para ello deberás rellenar un impreso, firmarlo y hacérnoslo llegar mediante el servicio Modificación de los datos de cobro.
Si la persona titular del contrato y la de la cuenta son las mismas, también podrás realizar el trámite llamando al teléfono de Atención Ciudadana 948 42 32 42 de lunes a viernes de 7:30 a 18:00 horas. Para ello se te pedirá acreditar la titularidad y se grabará la llamada.