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De lunes a viernes
de 8.30 a 18 h. |
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Alta de suministro para otros usos |
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Para conceder los servicios de abastecimiento y saneamiento a un inmueble, es requisito indispensable suscribir el correspondiente contrato con SCPSA, formalizándose en la forma y condiciones establecidas en la Ordenanza Reguladora del Ciclo Integral del Agua y demás disposiciones que resulten de aplicación. |
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Documentación
necesaria para la contratación |
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Acreditación de titularidad en todos los casos:
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Copia DNI o CIF del contratante.
Documento de propiedad, alquiler o derecho de uso del inmueble a contratar.
Si se trata de una sociedad, poder de representación (en todos los casos) y contrato civil de constitución de sociedad (en el caso de tratarse de una sociedad irregular o comunidad de bienes)
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En locales, aportará la Licencia de Apertura.
En viviendas, Cédula de Habitabilidad.
En obras, Licencia de Obras. Además, en caso de que el contratante sea diferente al titular de la Licencia, debe aportar también la Adjudicación de la Obra.
En inmuebles nuevos o reformados, aportará boletín del Instalador y en los casos en los que el inspector lo estime oportuno, aportará el certificado de saneamiento.
Para el uso de lucha contra incendios, será necesario presentar certificado de fin de obra de instalación de protección contra incendios. |
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Para poder contratar el suministro de agua no debe mantener ninguna deuda con la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona.
A la vista de la documentación presentada o de la tramitación a realizar, puede ser requerida visita de inspección previa del inmueble por parte de los técnicos de SCPSA. |
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