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Para conceder los servicios de abastecimiento y saneamiento a un inmueble, es
requisito indispensable suscribir el correspondiente contrato con SCPSA,
formalizándose en la forma y condiciones establecidas en la Ordenanza Reguladora
del Ciclo Integral del Agua y demás disposiciones que resulten de aplicación.
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Documentación
necesaria para la contratación:
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Acreditación de titularidad en todos los casos
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Copia D.N.I. o C.I.F del contratante.
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Documento de propiedad, alquiler o derecho de uso del inmueble a contratar.
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Si se trata de una sociedad, poder de representación (en todos los casos) y
contrato civil de constitución de sociedad (en el caso de tratarse de una
sociedad irregular o comunidad de bienes).
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En locales, aportará la Licencia de Apertura.
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En viviendas, Cédula de Habilidad.
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En obras,
Licencia de Obras.Además, en caso de que el contratante sea diferente al titular
de la licencia, deberá aportar también la Adjudicación de la Obra.
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En inmuebles nuevos o reformados, aportará boletín del Instalador y en los casos en los que el inspector lo estime oportuno, aportará el certificado de saneamiento.
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Para el uso de lucha contra incendios, será necesario presentar certificado de fin de obra de instalación de protección contra incendios.
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Para poder contratar el suministro de agua no debe mantener ninguna deuda con
la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona. |
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Atención al cliente |
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Tel. 901 502 503 |
sac@mcp.es |
c/ Navas de Tolosa, 29, bajo, Pamplona |
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